2/7/07

XVII. Tema - Propiedad y justicia (séptimo y décimo mandamientos)

1. El respeto de la persona en sus bienes.
2. La actividad económica y la justicia social.
3. Las obras de misericordia y la pobreza de espíritu.
4. Aplicaciones prácticas.

1. El respeto de la persona en sus bienes.
“El séptimo mandamiento prohíbe tomar o retener el bien del prójimo injustamente y perjudicar de cualquier manera al prójimo en sus bienes. Prescribe la justicia y la caridad en la gestión de los bienes terrenos y de los frutos del trabajo de los hombres” (2401).
2401 El séptimo mandamiento prohíbe tomar o retener el bien del prójimo injustamente y hacer daño al prójimo en sus bienes de cualquier manera. Prescribe la justicia y la caridad en la gestión de los bienes terrenos y los frutos del trabajo de los hombres. Con miras al bien común exige el respeto del destino universal de los bienes y del derecho de propiedad privada. La vida cristiana se esfuerza por ordenar a Dios y a la caridad fraterna los bienes de este mundo.

Hay un derecho a la propiedad privada (2403),
2403 El derecho a la propiedad privada, adquirida o recibida de modo justo, no anula la donación original de la tierra al conjunto de la humanidad. El destino universal de los bienes continúa siendo primordial, aunque la promoción del bien común exija el respeto de la propiedad privada, de su derecho y de su ejercicio.

porque garantiza la libertad y dignidad de las personas (2402),
2402 Al comienzo Dios confió la tierra y sus recursos a la administración común de la humanidad para que tenga cuidado de ellos, los domine mediante su trabajo y se beneficie de sus frutos (cf Gn 1,26-29). Los bienes de la creación están destinados a todo el género humano. Sin embargo, la tierra está repartida entre los hombres para dar seguridad a su vida, expuesta a la penuria y amenazada por la violencia. La apropiación de bienes es legítima para garantizar la libertad y la dignidad de las personas, para ayudar a cada uno a atender sus necesidades fundamentales y las necesidades de los que están a su cargo. Debe hacer posible que se viva una solidaridad natural entre los hombres.

pero debe aprovechar al bien común, pues el mundo fue dado por Dios a toda la humanidad (2404).
2404 "El hombre, al servirse de esos bienes , debe considerar las cosas externas que posee legítimamente, no sólo como suyas, sino también como comunes, en el sentido de que han de aprovechar no sólo a él, sino también a los demás" (GS 69,1). La propiedad de un bien hace de su dueño un administrador de la providencia para hacerlo fructificar y comunicar sus beneficios a otros, ante todo a sus próximos.

Tres virtudes se ponen aquí en juego: la templanza, que modera el apetito de los bienes (si no se tiene, se cae en la codicia); la justicia, que inclina a dar a cada uno lo suyo (su carencia es la injusticia); y la solidaridad, que lleva a compartir con el necesitado (quien carece de ella es egoísta) (2407).
2407 En materia económica el respeto de la dignidad humana exige la práctica de la virtud de la templanza, para moderar el apego a los bienes de este mundo; de la justicia, para preservar los derechos del prójimo y darle lo que le es debido; y de la solidaridad, siguiendo la regla de oro y según la liberalidad del Señor, que "siendo rico, por vosotros se hizo pobre a fin de que os enriquecierais con su pobreza" (2 Co 8,9).

“Toda forma de tomar o retener injustamente el bien ajeno, aunque no contradiga las disposiciones de la ley civil, es contraria al séptimo mandamiento” (2409).
2409 Toda forma de tomar o retener injustamente el bien ajeno, aunque no contradiga las disposiciones de la ley civil, es contraria al séptimo mandamiento. Así, retener deliberadamente bienes prestados u objetos perdidos, defraudar en el ejercicio del comercio (cf Dt 25, 13-16), pagar salarios injustos (cf Dt 24,14-15; St 5,4), elevar los precios especulando con la ignorancia o la necesidad ajenas (cf Am 8,4-6).

Son también moralmente ilícitos, la especulación mediante la cual se pretende hacer variar artificialmente la valoración de los bienes con el fin de obtener un beneficio en detrimento ajeno; la corrupción mediante la cual se vicia el juicio de los que deben tomar decisiones conforme a derecho; la apropiación y el uso privados de los bienes sociales de una empresa; los trabajos mal hechos, el fraude fiscal, la falsificación de cheques y facturas, los gastos excesivos, el despilfarro. Infligir voluntariamente un daño a las propiedades privadas o públicas es contrario a la ley moral y exige reparación.


El caso típico es el robo, es decir, la usurpación injusta del bien ajeno (2408).
2408 El séptimo mandamiento prohíbe el robo, es decir, la usurpación del bien ajeno contra la voluntad razonable de su dueño. No hay robo si el consentimiento puede ser presumido o si el rechazo es contrario a la razón y al destino universal de los bienes. Es el caso de la necesidad urgente y evidente en que el único medio de remediar las necesidades inmediatas y esenciales (alimento, vivienda, vestido...) es disponer y usar de los bienes ajenos (cf GS 69,1).

Pero hay muchos más tipos de injusticia, como “retener deliberadamente bienes prestados u objetos perdidos, defraudar en el ejercicio del comercio, pagar salarios injustos, elevar los precios especulando con la ignorancia o la necesidad ajenas” (2409),
2409 Toda forma de tomar o retener injustamente el bien ajeno, aunque no contradiga las disposiciones de la ley civil, es contraria al séptimo mandamiento. Así, retener deliberadamente bienes prestados u objetos perdidos, defraudar en el ejercicio del comercio (cf Dt 25, 13-16), pagar salarios injustos (cf Dt 24,14-15; St 5,4), elevar los precios especulando con la ignorancia o la necesidad ajenas (cf Am 8,4-6).

Son también moralmente ilícitos, la especulación mediante la cual se pretende hacer variar artificialmente la valoración de los bienes con el fin de obtener un beneficio en detrimento ajeno; la corrupción mediante la cual se vicia el juicio de los que deben tomar decisiones conforme a derecho; la apropiación y el uso privados de los bienes sociales de una empresa; los trabajos mal hechos, el fraude fiscal, la falsificación de cheques y facturas, los gastos excesivos, el despilfarro. Infligir voluntariamente un daño a las propiedades privadas o públicas es contrario a la ley moral y exige reparación.


el incumplimiento de los contratos justos (2410),
2410 Las promesas deben ser cumplidas, y los contratos rigurosamente observados en la medida en que el compromiso adquirido es moralmente justo. Una parte notable de la vida económica y social depende del valor de los contratos entre personas físicas o morales. Así, los contratos comerciales de venta o compra, los contratos de alquiler o de trabajo. Todo contrato debe ser hecho y ejecutado de buena fe.

o esclavizar o tratar a seres humanos como pura mercancía (2414).
2414 El séptimo mandamiento proscribe los actos o empresas que, por una u otra razón, egoísta o ideológica, mercantil o totalitaria, conduce a esclavizar seres humanos, a menospreciar su dignidad personal, a comprarlos, a venderlos y a cambiarlos como mercancía. Es un pecado contra la dignidad de las personas y sus derechos fundamentales reducirlos por la violencia a un objeto de consumo o a una fuente de beneficio. S. Pablo ordenaba a un amo cristiano que tratase a su esclavo cristiano "no como esclavo, sino...como un hermano...en el Señor" (Flm 16).

También exige el mandamiento el respeto y cuidado de la creación, patrimonio de la humanidad (2415).
2415 El séptimo mandamiento exige el respeto de la integridad de la creación. Los animales, como las plantas y los seres inanimados, están naturalmente destinados al bien común de la humanidad pasada, presente y futura (cf Gn 1,28-31). El uso de los recursos minerales, vegetales y animales del universo no puede ser separado del respeto a las exigencias morales. El dominio concedido por el Creador al hombre sobre los seres inanimados y los seres vivos no es absoluto; está regulado por el cuidado de la calidad de la vida del prójimo comprendidas las generaciones venideras; exige un respeto religioso de la integridad de la creación (cf CA 37-38).

La injusticia exige su reparación; cuando es posible, debe consistir en la devolución de lo injustamente retenido al legítimo dueño (2412).
2412 En virtud de la justicia conmutativa, la reparación de la injusticia cometida exige la restitución del bien robado a su propietario:

Jesús bendijo a Zaqueo por su resolución: "si en algo defraudé a alguien, le devolveré el cuádruplo" (Lc 19,8). Los que, de manera directa o indirecta, se han apoderado de un bien ajeno, están obligados a restituirlo o a devolver el equivalente en naturaleza o en especie si la cosa ha desaparecido, así como los frutos y beneficios que su propietario hubiera obtenido legítimamente. Están igualmente obligados a restituir, en proporción a su responsabilidad y al beneficio obtenido, todos los que han participado de alguna manera en el robo, o se han aprovechado de él a sabiendas; por ejemplo, quienes lo hayan ordenado o ayudado o encubierto.

Si no es posible, el llamado “enriquecimiento injusto” exige desprenderse de lo así adquirido: se restituye al directo damnificado, o al bien común, que también sale dañado de la injusticia.

2. La actividad económica y la justicia social.
Las relaciones económicas y sociales a cualquier nivel son actividades humanas, y por ello, en cuanto están ordenadas al Bien supremo, están sujetas al orden de la moralidad y al juicio moral de la Iglesia (2420):
2420 La Iglesia expresa un juicio moral, en materia económi ca y social, "cuando lo exijan los derechos fundamentales de la persona o la salvación de las almas" (GS 76,5). En el orden de la moralidad, la Iglesia ejerce una misión distinta de la que ejercen las autoridades políticas: ella se ocupa de los aspectos temporales del bien común a causa de su ordenación al soberano Bien, nuestro fin último. Se esfuerza por inspirar las actitudes justas en el uso de los bienes terrenos y en las relaciones socioeconómicas.

se forma así la doctrina social de la Iglesia.

Propone esta doctrina varios principios y orientaciones para la acción: el deber primordial del trabajo, necesidad humana por muchos motivos –entre ellos, el de poder ser “un medio se santificación y de animación de las realidades terrenas en Cristo” (2427)-;
2427 El trabajo humano procede directamente de personas creadas a imagen de Dios y llamadas a prolongar, unidas y para mutuo beneficio, la obra de la creación dominando la tierra (cf Gn 1,28; GS 34; CA 31). El trabajo es, por tanto, un deber: "Si alguno no quiere trabajar, que tampoco coma" (2 Ts 3,10; cf. 1 Ts 4,11). El trabajo honra los dones del Creador y los talentos recibidos. Puede ser también redentor. Soportando el peso del trabajo (cf Gn 3,14-19), en unión con Jesús, el carpintero de Nazaret y el crucificado del Calvario, el hombre colabora en cierta manera con el Hijo de Dios en su Obra redentora. Se muestra discípulo de Cristo llevando la Cruz cada día, en la actividad que está llamado a realizar (cf LE 27). El trabajo puede ser un medio de santificación y una animación de las realidades terrenas en el espíritu de Cristo.

el derecho a la iniciativa económica (2430);
2430 La vida económica se ve afectada por intereses diversos, con frecuencia opuestos entre sí. Así se explica el surgimiento de conflictos que la caracterizan (cf LE 11). Será preciso esforzarse para reducir estos últimos mediante la negociación, que respete los derechos y los deberes de cada parte: los responsables de las empresas, los representantes de los trabajadores, por ejemplo, organizaciones sindicales y, en caso necesario, los poderes públicos.

la remuneración de un salario justo (2434).
2434 El salario justo es el fruto legítimo del trabajo. Negarlo o retenerlo puede constituir una grave injusticia (cf Lv 19,13; Dt 24,14-15; St 5,4). Para determinar la remuneración justa se han de tener en cuenta a la vez las necesidades y las contribuciones de cada uno. "El trabajo debe ser remunerado de tal modo que se den al hombre posibilidades de que él y los suyos vivan dignamente su vida material, social, cultural y espiritual, teniendo en cuenta la tarea y la productividad de cada uno, así como las condiciones de la empresa y el bien común" (GS 67,2). El acuerdo de las partes no basta para justificar moralmente el importe del salario.

La huelga es moralmente legítima cuando es un recurso inevitable por una reivindicación justa, y se realiza sin violencia (2435).
2435 La huelga es moralmente legítima cuando se presenta como un recurso inevitable, si no necesario para obtener un beneficio proporcionado. Resulta moralmente inaceptable cuando va acompañada de violencias o también cuando se lleva a cabo en función de objetivos no directamente vinculados a las condiciones de trabajo o contrarios al bien común.

Otros deberes correlativos: trabajar bien, cumplir las leyes justas que regulan la actividad económica, y cumplir con las cargas que impone el bien común: impuestos, cotizaciones a la seguridad social (2436),
2436 Es injusto no pagar a los organismos de seguridad social las cotizaciones establecidas por las autoridades legítimas.

La privación de empleo a causa de la huelga es casi siempre para su víctima un atentado contra su dignidad y una amenaza para el equilibrio de la vida. Además del daño personal padecido, de esa privación se derivan riesgos numerosos para su hogar (cf. LE 18).

evitar discriminaciones injustas (2433), etc.
2433 El acceso al trabajo y a la profesión debe estar abierto a todos sin discriminación injusta, hombres y mujeres, sanos y disminuidos, autóctonos e inmigrados (cf. LE 19; 22-23). En función de las circunstancias, la sociedad debe por su parte ayudar a los ciudadanos a procurarse un trabajo y un empleo (cf. CA 48).

Forma parte de la tarea de la autoridad propiciar una justa distribución de bienes, sin igualitarismos que eliminan la libertad, pero de forma que todos tengan acceso a lo necesario para una vida digna. Lo mismo ocurre a nivel internacional: es necesaria una solidaridad que apoye a las naciones menos favorecidas (2438-2439).
2438 Diversas causas, de naturaleza religiosa, política, económica y financiera, confieren hoy a la cuestión social "una dimensión mundial" (SRS 9). La solidaridad es necesaria entre las naciones cuyas políticas son ya interdependientes. Es todavía más indispensable cuando se trata de acabar con los "mecanismos perversos" que obstaculizan el desarrolla de los países menos avanzados (cf SRS 17; 45). Es preciso sustituir los sistemas financieros abusivos, si no usureros (cf CA 35), las relaciones comerciales inicuas entre las naciones, la carrera de armamentos, por un esfuerzo común para movilizar los recursos hacia objetivos de desarrollo moral, cultural y económico "fijando de nuevo las prioridades y las escalas de valores" (CA 28).

2439 Las naciones ricas tienen una responsabilidad moral grave respecto a las que no pueden por sí mismas asegurar los medios de su desarrollo, o han sido impedidas de realizarlo por trágicos acontecimientos históricos. Es un deber de solidaridad y de caridad; es también una obligación de justicia si el bienestar de las naciones ricas procede de recursos que no han sido pagados justamente.


3. Las obras de misericordia y la pobreza de espíritu.
“Son acciones caritativas mediante las cuales ayudamos a nuestro prójimo en sus necesidades corporales y espirituales” (2447).
2447 Las obras de misericordia son acciones caritativas mediante las cuales ayudamos a nuestro prójimo en sus necesidades corporales y espirituales (cf. Is 58,6-7; Hb 13,3). Instruir, aconsejar, consolar, confortar, son obras de misericordia espiritual, como perdonar y sufrir con paciencia. Las obras de misericordia corporal consisten especialmente en dar de comer al hambriento, dar techo a quien no lo tiene, vestir al desnudo, visitar a los enfermos y a los presos, enterrar a los muertos (cf Mt 25,31-46). Entre estas obras, la limosna hecha a los pobres (cf Tb 4, 5-11; Si 17,22) es uno de los principales testimonios de la caridad fraterna; es también una práctica de justicia que agrada a Dios (cf Mt 6,2-4):

El que tenga dos túnicas que las reparta con el que no tiene; el que tenga para comer que haga lo mismo (Lc 3,11). Dad más bien en limosna lo que tenéis, y así todas las cosas serán puras para vosotros (Lc 11,41). Si un hermano o una hermana están desnudos y carecen del sustento diario, y alguno de vosotros les dice: "id en paz, calentaos o hartaos", pero no les dais lo necesario para el cuerpo, ¿de qué sirve? (St 2,15-16; cf. 1 Jn 3,17).


A la vez, hay que cuidar el no ofrecer como ayuda de caridad lo que ya se debe a título de justicia (2446).
2446 S. Juan Crisóstomo lo recuerda vigorosamente: "No hacer participar a los pobres de los propios bienes es robarles y quitarles la vida. Lo que tenemos no son nuestros bienes, sino los suyos" (Laz. 1,6). "Satisfacer ante todo las exigencias de la justicia, de modo que no se ofrezca como ayuda de caridad lo que ya se debe a título de justicia" (AA 8):

Cuando damos a los pobres las cosas indispensables no les hacemos liberalidades personales, sino que les devolvemos lo que es suyo. Más que realizar un acto de caridad, lo que hacemos es cumplir un deber de justicia (S. Gregorio Magno, past. 3,21).

El Evangelio invita a ver al mismo Cristo en el necesitado (cfr. Mt 25, 31-46),
Cuando el Hijo del hombre venga en su gloria rodeado de todos los ángeles, se sentará en su trono glorioso. Todas las naciones serán reunidas en su presencia, y él separará a unos de otros, como el pastor separa las ovejas de los cabritos, y pondrá a aquellas a su derecha y a estos a la izquierda.
Entonces el Rey dirá a los que tenga a su derecha: "Vengan, benditos de mi Padre, y reciban en herencia el Reino que les fue preparado desde el comienzo del mundo, porque tuve hambre, y ustedes me dieron de comer; tuve sed, y me dieron de beber; estaba de paso, y me alojaron; desnudo, y me vistieron; enfermo, y me visitaron; preso, y me vinieron a ver". Los justos le responderán: "Señor, ¿cuándo te vimos habriento, y te dimos de comer; sediento, y te dimos de beber? ¿Cuándo te vimos de paso, y te alojamos; desnudo, y te vestimos? ¿Cuándo te vimos enfermo o preso, y fuimos a verte?". Y el Rey les responderá: "Les aseguro que cada vez que lo hicieron con el más pequeño de mis hermanos, lo hicieron conmigo".
Luego dirá a los de la izquierda: "Aléjense de mí, malditos; vayan al fuego eterno que fue preparado para el demonio y sus ángeles, porque tuve hambre, y ustedes no me dieron de comer; tuve sed, y no me dieron de beber; estaba de paso, y no me alojaron; desnudo, y no me vistieron; enfermo y preso, y no me visitaron". Estos, a su vez, le preguntarán: "Señor, ¿cuándo te vimos hambriento o sediento, de paso o desnudo, enfermo o preso, y no te hemos socorrido?". Y él les responderá: "Les aseguro que cada vez que no lo hicieron con el más pequeño de mis hermanos, tampoco lo hicieron conmigo". Estos irán al castigo eterno, y los justos a la Vida eterna".


y la Iglesia misma ha dado y da ejemplo a través de numerosas instituciones y obras asistenciales y de misericordia (2448).
2448 "Bajo sus múltiples formas -indigencia material, opresión injusta, enfermedades físicas o síquicas y, por último, la muerte- la miseria humana es el signo manifiesto de la debilidad congénita en que se encuentra el hombre tras el primer pecado y de la necesidad de salvación. Por ello, la miseria humana atrae la compasión de Cristo Salvador, que la ha querido cargar sobre sí e identificarse con los `más pequeños de sus hermanos' . También por ello, los oprimidos por la miseria son objeto de un amor de preferencia por parte de la Iglesia, que, desde los orígenes, y a pesar de los fallos de muchos de sus miembros, no ha cesado de trabajar para aliviarlos, defenderlos y liberarlos. Lo ha hecho mediante innumerables obras de beneficencia, que siempre y en todo lugar continúan siendo indispensables" (CDF, instr. "Libertatis conscientia" 68).

“El amor a los pobres es incompatible con el amor desordenado de las riquezas o su uso egoísta” (2445).
2445 El amor a los pobres es incompatible con el amor desordenado de las riquezas o su uso egoísta:

Ahora bien, vosotros, ricos, llorad y dad alaridos por las desgracias que están para caer sobre vosotros. Vuestra riqueza está podrida y vuestros vestidos están apolillados; vuestro oro y vuestra plata están tomados de herrumbre y su herrumbre será testimonio contra vosotros y devorará vuestras carnes como fuego. Habéis acumulado riquezas en estos días que son los últimos. Mirad: el salario que no habéis pagado a los obreros que segaron vuestros campos está gritando; y los gritos de los segadores han llegado a los oídos del Señor de los ejércitos. Habéis vivido sobre la tierra regaladamente y os habéis entregado a a los placeres; habéis hartado vuestros corazones en el día de la matanza. Condenasteis y matasteis al justo; él no os resiste (St 5,1-6).


“Jesús exhorta a sus discípulos a preferirle a Él respecto a todo y a todos y les propone ‘renunciar a todos sus bienes’” (2544):
2544 Jesús exhorta a sus discípulos a preferirle a todo y a todos y les propone "renunciar a todos sus bienes" (Lc 14,33) por él y por el Evangelio (cf Mc 8,35). Poco antes de su pasión les mostró como ejemplo la pobre viuda de Jerusalén que, de su indigencia, dio todo lo que tenía para vivir (cf Lc 21,4). El precepto del desprendimiento de las riquezas es obligatorio para entrar en el Reino de los cielos.

se trata del desprendimiento interior –que se manifiesta en lo exterior-, en que consiste la pobreza cristiana como virtud. Por el contrario, “el décimo mandamiento prohíbe la avaricia y el deseo de una apropiación inmoderada de los bienes terrenos. Prohíbe el deseo desordenado nacido de la pasión inmoderada de las riquezas y de su poder” (2536).
2536 El décimo mandamiento proscribe la avaricia y el deseo de una apropiación inmoderada de los bienes terrenos. Prohíbe el deseo desordenado nacido de lo pasión inmoderada de las riquezas y de su poder. Prohíbe también el deseo de cometer una injusticia mediante la cual se dañaría al prójimo en sus bienes temporales:

Cuando la Ley nos dice: "No codiciarás", nos dice, en otros términos, que apartemos nuestros deseos de todo lo que no nos pertenece. Porque la sed del bien del prójimo es inmensa, infinita y jamás saciada, como está escrito: "El ojo del avaro no se satisface con su suerte" (Si 14,9) (Catec. R. 3,37)


Además, “el décimo mandamiento exige que se destierre del corazón humano la envidia” (2538),
2538 El décimo mandamiento exige que se destierre del corazón humano la envidia. Cuando el profeta Natán quiso estimular el arrepentimiento del rey David, le contó la historia del pobre que sólo poseía una oveja, a la que trataba como una hija, y del rico, a pesar de sus numerosos rebaños, envidiaba al primero y acabó por robarle la cordera (cf 2 S 12,1-4). La envidia puede conducir a las peores fechorías (cf Gn 4,3-7; 1 R 21,1-29). La muerte entró en el mundo por la envidia del diablo (cf Sb 2,24).

Luchamos entre nosotros, y es la envidia la que nos arma unos contra otros...Si todos se afanan así por perturbar el Cuerpo de Cristo, ¿a dónde llegaremos? Estamos debilitando el Cuerpo de Cristo...Nos declaramos miembros de un mismo organismo y nos devoramos como lo harían las fieras (S. Juan Crisóstomo, hom. in 2 Co, 28,3-4).

que “manifiesta la tristeza experimentada ante el bien del prójimo y el deseo desordenado de poseerlo, aunque sea de forma indebida. Cuando desea al prójimo un mal grave es un pecado mortal” (2539).
2539 La envidia es un pecado capital. Designa la tristeza experimentada ante el bien del prójimo y el deseo desordenado de poseerlo, aunque sea indebidamente. Cuando desea al prójimo un mal grave es un pecado mortal:

San Agustín veía en la envidia el "pecado diabólico por excelencia" (ctech. 4,8). "De la envidia nacen el odio, la maledicencia, la calumnia, la alegría causada por el mal del prójimo y la tristeza causada por su prosperidad" (s. Gregorio Magno, mor. 31,45).


4. Aplicaciones prácticas.
El tema abarca aspectos prácticos que, en su ejemplificación, varían mucho según el tipo de asistentes y su condición social. Sobre distintos aspectos de la justicia, vid. Surco 228, 300, 307, 702, 973;
228. Por "el sendero del justo descontento", se han ido y se están yendo las masas.Duele..., pero cuántos resentidos hemos fabricado, entre los que están espiritual o materialmente necesitados!- Hace falta volver a meter a Cristo entre los pobres y entre los humildes: precisamente entre ellos es donde más a gusto se encuentra.
300. Es difícil gritar al oído de cada uno con un trabajo silencioso, a través del buen cumplimiento de nuestras obligaciones de ciudadanos, para luego exigir nuestros derechos y ponerlos al servicio de la Iglesia y de la sociedad.Es difícil..., pero es muy eficaz.
307. Un error fundamental del que debes guardarte: pensar que las costumbres y exigencias - nobles y legítimas- , de tu tiempo o de tu ambiente, no pueden ser ordenadas y ajustadas a la santidad de la doctrina moral de Jesucristo.Fíjate que he precisado: las nobles y legítimas. Las otras carecen de derecho de ciudadanía.
702. Fatuos y soberbios se demuestran todos aquéllos que abusan de su situación de privilegio - dada por el dinero, por el linaje, por el grado, por el cargo, por la inteligencia...- , para humillar a los menos afortunados.
973. Al resolver los asuntos, procura no exagerar nunca la justicia hasta olvidarte de la caridad.

y Forja 502.
502. Si se hace justicia a secas, es posible que la gente se quede herida. -Por lo tanto, muévete siempre por amor a Dios, que a esa justicia añadirá el bálsamo del amor al prójimo; y que purifica y limpia el amor terreno. - Cuando está Dios por medio, todo se sobrenaturaliza.

Sobre el desprendimiento, hay un capítulo específico en Camino: “Pobreza”.
630. No lo olvides: aquel tiene más que necesita menos. -No te
crees necesidades.

631. Despégate de los bienes del mundo. -Ama y practica la pobreza
de espíritu: conténtate con lo que basta para pasar la vida sobria y
templadamente. -Si no, nunca serás apóstol.

632. No consiste la verdadera pobreza en no tener, sino en estar
desprendido: en renunciar voluntariamente al dominio sobre las cosas. -Por
eso hay pobres que realmente son ricos. Y al revés.

633. Si eres hombre de Dios, pon en despreciar las riquezas el
mismo empeño que ponen los hombres del mundo en poseerlas.
634. Tanta afición a las cosas de la tierra! -Pronto se te irán de
las manos, que no bajan con el rico al sepulcro sus riquezas.
635. No tienes espíritu de pobreza si, puesto a escoger de modo que
la elección pase inadvertida, no escoges para ti lo peor.
636. "Divitiae, si affluant, nolite cor apponere" -Si vienen a tus
manos las riquezas, no pongas en ellas tu corazón. -Anímate a emplearlas
generosamente. Y, si fuera preciso, heroicamente. -Sé pobre de espíritu.
637. No amas la pobreza, si no amas lo que la pobreza lleva
consigo.
638. Cuántos recursos santos tiene la pobreza! -¿Te acuerdas? Tú le
diste, en horas de agobio económico para aquella empresa apostólica, hasta
el último céntimo de que disponías. -Y te dijo -Sacerdote de Dios-: "yo te
daré también todo lo que tengo". -Tú, de rodillas. Y... "la bendición de
Dios Omnipotente, Padre, Hijo y Espíritu Santo, descienda sobre ti y
permanezca siempre", se oyó. -Aún te dura la persuasión de que quedaste
bien pagado.


Sobre la limosna, vid. Surco 26.
26. Produce lástima comprobar cómo algunos entienden la limosna: unas perras gordas o algo de ropa vieja. Parece que no han leído el Evangelio.No os andéis con reparos: ayudad a las gentes a formarse con la suficiente fe y fortaleza como para desprenderse generosamente, en vida, de lo que necesitan.- A los remolones, explicadles que es poco noble y poco elegante, también desde el punto de vista terreno, esperar al final, cuando por fuerza ya no pueden llevarse nada consigo.

Bibliografía

Textos básicos:

- TRESE, Leo, La fe explicada (Ed. Rialp), pag. 307-314.

Libros que requieren cierta formación:

- JUAN PABLO II, Encíclica Centesimus annus, nn. 30-37.
- LORDA, Juan Luis, Moral. El arte de vivir (Ed. Palabra), pag. 117-138

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