2/7/07

XI. Tema - La conciencia. El pecado

1. La conciencia moral.
2. El pecado.
3. Aplicaciones prácticas.

1. La conciencia moral.
“La conciencia moral es un juicio de la razón por el que la persona humana reconoce la cualidad moral de un acto concreto que piensa hacer, está haciendo o ha hecho” (1778).

1778 La conciencia moral es un juicio de la razón por el que la persona humana reconoce la cualidad moral de un acto concreto que piensa hacer, está haciendo o ha hecho. En todo lo que dice y hace, el hombre está obligado a seguir fielmente lo que sabe que es justo y recto. Mediante el dictamen de su conciencia el hombre percibe y reconoce las prescripciones de la ley divina:

La conciencia es una ley de nuestro espíritu, pero que va más allá de él, nos da órdenes, significa responsabilidad y deber, temor y esperanza...La conciencia es la mensajera del que, tanto en el mundo de la naturaleza como en el de la gracia, a través de un velo nos habla, nos instruye y nos gobierna. La conciencia es el primero de todos los vicarios de Cristo (Newman, carta al duque de Norfolk 5).


El hombre, de manera natural, estima su propia conducta como conveniente o inconveniente desde el punto de vista del bien supremo: el bien moral.

La conciencia valora en acto concreto, y así “hace posible asumir la responsabilidad de los actos realizados” (1781).
1781 La conciencia hace posible que se asuma la responsabilidad de los actos realizados. Si el hombre comete el mal, el justo juicio de la conciencia puede ser en él el testigo de la verdad universal del bien, al mismo tiempo que de la malicia de su elección concreta. El veredicto del dictamen de conciencia constituye una garantía de esperanza y de misericordia. Al hacer patente la falta cometida recuerda el perdón que se ha de pedir, el bien que se ha de practicar todavía y la virtud que se ha de cultivar sin cesar con la gracia de Dios:

Tranquilizaremos nuestra conciencia ante él, en caso de que nos condene nuestra conciencia, pues Dios es mayor que nuestra conciencia y conoce todo (1 Jn 3,19-20).


Por eso “el hombre tiene el derecho de actuar en conciencia” (1783),
1783 Hay que formar la conciencia, y esclarecer el juicio moral. Una conciencia bien formada es recta y veraz. Formula sus juicios según la razón, conforme al bien verdadero querido por la sabiduría del Creador. La educación de la conciencia es indispensable a seres humanos sometidos a influencias negativas y tentados por el pecado de preferir su juicio propio y de rechazar las enseñanzas autorizadas.

y debe obedecer su dictamen (1790).
1790 La persona humana debe obedecer siempre el juicio cierto de su conciencia. Si obrase deliberadamente contra este último, se condenaría a sí mismo. Pero sucede que la conciencia moral puede estar en la ignorancia y formar juicios erróneos sobre actos proyectados o ya cometidos.

Sería sin embargo un error contraponer la conciencia a la ley moral, o considerar que su juicio puede ser ajeno a ella. Por ser la conciencia un juicio, necesita unos “elementos de juicio”, unas premisas, que encuentra en su conocimiento sobre el bien y el mal: en el conocimiento de la ley moral. “La verdad sobre el bien moral, declarada en la ley de la razón, es reconocida práctica y concretamente por el dictamen prudencial de la conciencia” (1780).
1780 La dignidad de la persona humana implica y exige la rectitud de la conciencia moral. La conciencia moral comprende la percepción de los principios de la moralidad ("sindéresis"), su aplicación en las circunstancias dadas mediante un discernimiento práctico de las razones y de los bienes, y en conclusión el juicio formado sobre los actos concretos que se van a realizar o se han realizado. La verdad sobre el bien moral, declarada en la ley de la razón, es reconocida práctica y concretamente por el dictamen prudente de la conciencia. Se llama prudente al hombre que elige conforme a este dictamen o juicio.

La conciencia, como parte del corazón de la persona, puede tener las insuficiencias o los errores de éste (1790).
1790 La persona humana debe obedecer siempre el juicio cierto de su conciencia. Si obrase deliberadamente contra este último, se condenaría a sí mismo. Pero sucede que la conciencia moral puede estar en la ignorancia y formar juicios erróneos sobre actos proyectados o ya cometidos.

Por eso, “hay que formar la conciencia, y esclarecer el juicio moral. Una conciencia bien formada es recta y veraz” (1783).
1783 Hay que formar la conciencia, y esclarecer el juicio moral. Una conciencia bien formada es recta y veraz. Formula sus juicios según la razón, conforme al bien verdadero querido por la sabiduría del Creador. La educación de la conciencia es indispensable a seres humanos sometidos a influencias negativas y tentados por el pecado de preferir su juicio propio y de rechazar las enseñanzas autorizadas.

Sobre este tema hay que tener en cuenta varias cosas:

- La ignorancia “puede con frecuencia ser imputada a la responsabilidad personal” (1791).
1791 Esta ignorancia puede con frecuencia ser imputada a la responsabilidad personal. Así sucede "cuando el hombre no se preocupa de buscar la verdad y el bien y, poco a poco, por el hábito del pecado, la conciencia se queda casi ciega" (GS 16). En estos casos, la persona es culpable del mal que comete.

- Aunque no fuera así –por ejemplo: en la conciencia “invenciblemente errónea”-, si se actúa mal lo hecho “no deja de ser un mal, una privación, un desorden” (1793).
1793 Si por el contrario, la ignorancia es invencible, o el juicio erróneo sin responsabilidad del sujeto moral, el mal cometido por la persona no puede serle imputado. Pero no deja de ser un mal, una privación, un desorden. Por tanto, es preciso trabajar por corregir la conciencia moral de sus errores.

- La percepción de los primeros principios morales es evidente a la conciencia humana; por mucho que se oscurezca la conciencia, no llega a producir error sobre ellos.

- La conciencia puede dudar ante situaciones concretas, sobre todo las más difíciles. En esos casos se hace un deber moral procurar salir de la duda, lo que es posible sobre todo gracias a “la virtud de la prudencia, los consejos de las personas entendidas y la ayuda del Espíritu Santo y sus dones” (1788).
1788 Para esto, el hombre se esfuerza por interpretar los datos de la experiencia y los signos de los tiempos gracias a la virtud de la prudencia, los consejos de las personas entendidas y la ayuda del Espíritu Santo y de sus dones.

2. El pecado.
«El pecado es una falta contra la razón, la verdad, la conciencia recta; es faltar al amor verdadero para con Dios y para con el prójimo» (1849).
1849 El pecado es una falta contra la razón, la verdad, la conciencia recta; es un faltar al amor verdadero para con Dios y para con el prójimo, a causa de un apego perverso a ciertos bienes. Hiere la naturaleza del hombre y atenta contra la solidaridad humana. Ha sido definido como "una palabra, un acto o un deseo contrarios a la ley eterna" (S. Agustín, Faust. 22,27; S. Tomás de Aquino, s.th., 1-2, 71,6).

El pecado es el acto moralmente malo, y por eso mismo es una ofensa a Dios —pues va contra el amor que Dios nos tiene—, y aparta de Él nuestros corazones (1850).
1850 El pecado es una ofensa a Dios: "Contra ti, contra ti solo he pecado, lo malo a tus ojos cometí" (Sal 51,6). El pecado se levanta contra el amor que Dios nos tiene y aparta de él nuestros corazones. Como el primer pecado, es una desobediencia, una rebelión contra Dios por el deseo de hacerse "como dioses", pretendiendo conocer y determinar el bien y el mal (Gn 3,5). El pecado es así "amor de sí hasta el desprecio de Dios" (S. Agustín, civ. 1,14,28). Por esta exaltación orgullosa de sí, el pecado es diametralmente opuesto a la obediencia de Jesús que realiza la salvación (cf Flp 2,6-9).

Otra definición es “una palabra, acto o deseo contrario a la ley de Dios”.

Hay muchos tipos de pecados, y distintas clasificaciones, pero la más importante es la que distingue entre dos tipos:

- Pecado mortal (o grave): es el pecado en su sentido más pleno. Tiene unas serias consecuencias: destruye la caridad –quita la gracia-; aparta al hombre de Dios, que es su bienaventuranza eterna –por eso, si no se rectifica, conduce al infierno- (1855).
1855 El pecado mortal destruye la caridad en el corazón del hombre por una infracción grave de la ley de Dios; aparta al hombre de Dios, que es su fin último y su bienaventuranza, prefiriendo un bien inferior.

“Para que un pecado sea mortal se requieren tres condiciones: es pecado mortal lo que tiene como objeto una materia grave y que, además, es cometido con pleno conocimiento y deliberado consentimiento” (1857).
1857 Para que un pecado sea mortal se requieren tres condiciones: "Es pecado mortal lo que tiene como objeto una materia grave y que, además, es cometido con pleno conocimiento y deliberado consentimiento" (RP 17).

- Pecado venial (o leve): “Se comete un pecado venial cuando no se observa en una materia leve la medida prescrita por la ley moral, o cuando se desobedece a la ley moral en materia grave, pero sin pleno conocimiento o sin entero consentimiento” (1863).
1863 El pecado venial debilita la caridad; entraña un afecto desordenado a bienes creados; impide el progreso del alma en el ejercicio de las virtudes y la práctica del bien moral; merece penas temporales. El pecado venial deliberado, que permanece sin arrepentimiento, nos dispone poco a poco a cometer el pecado mortal. No obstante, el pecado venial no rompe la Alianza con Dios. Es humanamente reparable con la gracia de Dios. "No priva de la gracia santificante, de la amistad con Dios, de la caridad, ni, por tanto, de la bienaventuranza eterna" (RP 17):

El hombre, mientras permanece en la carne, no puede evitar todo pecado, al menos los pecados leves. Pero estos pecados, que llamamos leves, no los consideres poca cosa: si los tienes por tales cuando los pesas, tiembla cuando los cuentas. Muchos objetos leves hacen una gran masa; muchas gotas de agua llenan un río. Muchos granos hacen un montón. ¿Cuál es entonces nuestra esperanza? Ante todo, la confesión...(S. Agustín, ep. Jo. 1,6).


No es por tanto un apartamiento de Dios en sentido pleno, y por eso sus efectos son menos radicales, aunque sean dañinos: “debilita la caridad; entraña un afecto desordenado a bienes creados; impide el progreso del alma en el ejercicio de las virtudes y la práctica del bien moral; merece penas temporales” (1863).
1863 El pecado venial debilita la caridad; entraña un afecto desordenado a bienes creados; impide el progreso del alma en el ejercicio de las virtudes y la práctica del bien moral; merece penas temporales. El pecado venial deliberado, que permanece sin arrepentimiento, nos dispone poco a poco a cometer el pecado mortal. No obstante, el pecado venial no rompe la Alianza con Dios. Es humanamente reparable con la gracia de Dios. "No priva de la gracia santificante, de la amistad con Dios, de la caridad, ni, por tanto, de la bienaventuranza eterna" (RP 17):

El hombre, mientras permanece en la carne, no puede evitar todo pecado, al menos los pecados leves. Pero estos pecados, que llamamos leves, no los consideres poca cosa: si los tienes por tales cuando los pesas, tiembla cuando los cuentas. Muchos objetos leves hacen una gran masa; muchas gotas de agua llenan un río. Muchos granos hacen un montón. ¿Cuál es entonces nuestra esperanza? Ante todo, la confesión...(S. Agustín, ep. Jo. 1,6).


3. Aplicaciones prácticas.

- Uno de los medios más eficaces de formar bien la conciencia es adquirir esa guía del alma que se denomina “dirección espiritual”. (Camino, 59).
“Conviene que conozcas esta doctrina segura: el espíritu propio es mal consejero, mal piloto, para dirigir el alma en las borrascas y tempestades, entre los escollos de la vida interior. Por eso es Voluntad de Dios que la dirección de la nave la lleve un Maestro, para que, con su luz y conocimiento, nos conduzca a puerto seguro”

- En temas anteriores ya se aludía a las penas merecidas por el pecado mortal, y a la necesidad de acudir al sacramento de la Penitencia. Pero conviene añadir que hay que esforzarse por erradicar el pecado venial, sobre todo el deliberado, ya que “el pecado venial deliberado y que permanece sin arrepentimiento, nos dispone poco a poco a cometer el pecado mortal” (1863).
1863 El pecado venial debilita la caridad; entraña un afecto desordenado a bienes creados; impide el progreso del alma en el ejercicio de las virtudes y la práctica del bien moral; merece penas temporales. El pecado venial deliberado, que permanece sin arrepentimiento, nos dispone poco a poco a cometer el pecado mortal. No obstante, el pecado venial no rompe la Alianza con Dios. Es humanamente reparable con la gracia de Dios. "No priva de la gracia santificante, de la amistad con Dios, de la caridad, ni, por tanto, de la bienaventuranza eterna" (RP 17):

El hombre, mientras permanece en la carne, no puede evitar todo pecado, al menos los pecados leves. Pero estos pecados, que llamamos leves, no los consideres poca cosa: si los tienes por tales cuando los pesas, tiembla cuando los cuentas. Muchos objetos leves hacen una gran masa; muchas gotas de agua llenan un río. Muchos granos hacen un montón. ¿Cuál es entonces nuestra esperanza? Ante todo, la confesión...(S. Agustín, ep. Jo. 1,6).

(Camino, 328).
“¡Qué poco amor de Dios tienes cuando cedes sin lucha porque no es pecado grave!”

Bibliografía

Textos básicos:

- TRESE, Leo, La fe explicada (Ed. Rialp), pag. 79-89 (sólo sobre el pecado).

Libros que requieren cierta formación:

- JUAN PABLO II, Encíclica Veritatis splendor, nn. 54-64 y 69-70.
- LORDA, Juan Luis, Moral. El arte de vivir (Ed. Palabra), pag. 58-67 y 95-97.

4 comentarios:

Anónimo dijo...

Gracias!

Anónimo dijo...

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Jose Roig Oller dijo...

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Anónimo dijo...

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